Este viernes 6 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial el decreto 21-2006 del Congreso de la República, que reforma el artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada. Este artículo regula la suspensión provisional de las inscripciones de personas jurídicas.
De acuerdo con el texto, las disposiciones no aplicarán a organizaciones políticas ni entidades de derecho público, las cuales seguirán regidas por leyes específicas, como la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Objeciones rechazadas
Durante una sesión extraordinaria, el Congreso rechazó las objeciones presentadas contra esta reforma. La bancada oficialista argumentó que los cambios son necesarios para garantizar mayor claridad en el proceso de suspensión de partidos políticos.
Con esta reforma, partidos como Semilla podrán impugnar judicialmente la suspensión impuesta, según el abogado constitucionalista Edgar Ortiz. Sin embargo, advirtió que el proceso podría prolongarse en tribunales.
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