Analistas atribuyen la millonaria factura del Estado en demandas laborales a un vicio de origen: cómo se clasifican los contratos

 

     

Especialistas consultados coinciden en que la raíz del problema no está en los extrabajadores que demandan, sino en la costumbre de usar renglones temporales para cubrir funciones permanentes, una práctica que le ha costado al erario cientos de millones de quetzales, según una investigación periodística.

Contratar a alguien por unos meses y terminar pagándole durante años: ese patrón se repite con tanta frecuencia en el sector público guatemalteco que ya tiene nombre propio entre abogados y analistas laborales, de acuerdo con una investigación periodística que ha documentado varios de estos casos.

Según reportes periodísticos, entre quienes han acudido a los tribunales para reclamar reinstalación, salarios caídos, prestaciones o indemnización tras dejar una institución estatal figuran desde una ministra y una diputada hasta magistrados de apelaciones, parientes de exfuncionarios y empleados sin ningún vínculo político conocido. La cifra agregada es considerable: solo en 2025 el Organismo Ejecutivo desembolsó Q724 millones por este tipo de sentencias, y en el Congreso —donde los contratos bajo el renglón 022 crecieron 95% en una década, según un informe de la Alianza por un Congreso Eficiente— el propio presidente del organismo, Luis Contreras, reconoció que los litigios por reinstalación superan ya los Q35 millones este año, con cerca de 350 casos todavía sin resolver.

Para el abogado laboralista Alejandro Argueta, la explicación no está en la conducta de quienes demandan, sino en una decisión que se toma mucho antes: la forma en que se clasifica a un trabajador al momento de contratarlo. A su juicio, cuando alguien cumple funciones permanentes bajo una figura pensada para lo temporal, no se trata de un descuido administrativo. "La incorrecta clasificación presupuestaria de los servicios personales no es un error técnico, es una decisión administrativa deliberada de quienes dirigen las entidades públicas", sostuvo, y responsabilizó directamente a "los funcionarios nominadores y autoridades" de recurrir a esa figura para eludir la Ley de Servicio Civil.

De acuerdo con la investigación, esa lógica se repite año tras año con los contratos bajo el renglón 029, una modalidad que ha beneficiado a familiares y allegados de exfuncionarios que luego ganaron juicios de reinstalación, pago de salarios caídos o reconocimiento de prestaciones en distintas dependencias, incluidos varios casos en Aeronáutica Civil que derivaron en pagos millonarios. El mismo mecanismo podría beneficiar ahora a la ministra de Comunicaciones, Norma Zea, quien mantiene un reclamo activo contra su propia cartera por el período en que ella trabajó bajo esa modalidad.

El exministro de Trabajo Luis Linares planteó un matiz distinto: para él, los derechos laborales no se pueden renunciar por el simple hecho de firmar un contrato temporal, y la responsabilidad real recae en la autoridad que decide contratar de esa forma. "Es más censurable la irresponsabilidad del que contrata que la supuesta falta de ética del trabajador o del contratado", dijo, y agregó una reflexión que resume su postura: "es muy fácil tomar decisiones cuando el Estado es el que paga. Si el que toma la decisión tuviera que pagar, otra cosa sería".

Desde una perspectiva más económica, Francisco Quezada, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), explicó que las instituciones recurren a los contratos temporales porque son una vía rápida para incorporar personal de confianza sin crear plazas fijas, pero que el riesgo aparece cuando esa "temporalidad" se estira por años. El analista añadió un dato inquietante: existirían abogados que ofrecen litigar estos casos sin cobrar honorarios por adelantado, a cambio de un porcentaje —entre 25% y 30%— de lo que el demandante recupere si gana, un esquema que la investigación periodística habría corroborado al contactar a profesionales que promocionan el servicio en redes sociales. Quezada, sin señalar casos puntuales, también apuntó que algunos de estos contratos responden a pagos de lealtad política o sindical.

Consultada sobre el tema, la Oficina Nacional de Servicio Civil (Onsec) respondió que su función se limita a la asesoría técnica y que la responsabilidad de cómo se gestiona al personal recae en "las autoridades nominadoras" de cada institución. La entidad evitó precisar si ha propuesto alguna reforma concreta al Ejecutivo o al Congreso para frenar el aumento de este tipo de demandas.

El debate, de acuerdo con la misma fuente periodística, va más allá de si los extrabajadores actúan o no de buena fe al demandar: apunta a la responsabilidad de quienes deciden contratar de forma temporal para cubrir puestos permanentes, y a una factura que las finanzas públicas del país siguen pagando.

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