El Gobierno de Donald Trump propuso otorgar a las cortes de inmigración de Estados Unidos la facultad de imponer multas civiles de entre US$1 mil y US$3 mil 500 por determinadas conductas consideradas desacato a la autoridad judicial.
La iniciativa fue publicada por la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración —EOIR—, dependencia del Departamento de Justicia, y todavía no constituye una normativa definitiva. Permanecerá abierta a comentarios públicos hasta el 28 de septiembre de 2026.
La propuesta podría aplicarse a migrantes sometidos a procedimientos ante una corte de inmigración, sus abogados o representantes acreditados y los testigos que participen en las audiencias. Sin embargo, excluiría a abogados y testigos que sean empleados o contratistas del Gobierno federal y actúen en sus funciones oficiales.
Entre las conductas sancionables se incluirían las ausencias o llegadas tardías reiteradas de abogados sin causa justificada, el incumplimiento repetido de órdenes para presentar documentos, el comportamiento abusivo o desordenado y la presentación consciente o imprudente de declaraciones o pruebas falsas.
También podría multarse a quienes engañen, amenacen, desinformen o intenten confundir deliberadamente a alguna persona sobre asuntos relevantes para un caso migratorio. La conducta tendría que haber retrasado, interrumpido u obstaculizado el proceso judicial.
La escala propuesta establece multas de US$1 mil a US$1 mil 500 para una primera orden por desacato; de US$1 mil 500 a US$2 mil 500 para una segunda; y de US$2 mil 500 a US$3 mil 500 para infracciones posteriores. El monto dependería de factores como la gravedad de la conducta, los daños ocasionados y la necesidad de evitar nuevas faltas.
Antes de iniciar el procedimiento sancionatorio, el juez deberá emitir una advertencia clara sobre la conducta cuestionada. Si la persona repite el mismo comportamiento dentro del plazo de un año, podrá comenzar el proceso para imponer la multa.
El juez que dirige la audiencia únicamente propondría la sanción. La decisión definitiva correspondería al juez jefe de inmigración o a un funcionario designado, quien deberá determinar mediante pruebas claras y convincentes si ocurrió el desacato. La persona afectada tendría derecho a responder y posteriormente apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Las multas deberán pagarse dentro de los 30 días posteriores a que la resolución quede firme. En el caso de abogados o representantes que no cumplan con el pago, la propuesta contempla su posible suspensión inmediata para ejercer ante las cortes de inmigración.
El Departamento de Justicia sostiene que la medida ayudaría a combatir el fraude, mantener el orden en las audiencias y reducir retrasos en un sistema que acumula más de 3.5 millones de casos pendientes. La institución afirma que las sanciones serían extraordinarias y deberían utilizarse únicamente cuando otras medidas no hayan logrado corregir la conducta.
La propuesta recupera una facultad autorizada por el Congreso estadounidense desde 1996, pero que nunca había sido implementada mediante un reglamento específico. Su aplicación dependerá de la revisión de los comentarios recibidos y de la publicación posterior de una norma definitiva.





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